El examen periódico y la persona competente

El contexto reglamentario de las normas europeas relativas a los Equipos de Protección Individual (tipo 3, riesgo mortal) contra las caídas de altura y, especialmente, la norma EN365:2004 obligan al fabricante a aportar la siguiente información:

«El fabricante debe suministrar las instrucciones de uso, de mantenimiento y para las revisiones periódicas para cada artículo EPI u otros equipamientos, redactados en los idiomas oficiales del país destinatario.

NOTA: Las instrucciones de uso, de mantenimiento y para las revisiones periódicas pueden ser documentos independientes entre ellos».

Los siguientes párrafos aportan los detalles para cada parte:

§ 4.2 Instrucciones de uso: puntos de a) a z)

§ 4.3 Instrucciones de mantenimiento: puntos de a) a d)

§ 4.4 Instrucciones para las revisiones periódicas: puntos de a) a e)

De forma paralela, esta misma norma EN 365:2004 define también la persona competente de la siguiente manera:

§3 Términos y definiciones:

§3.3 «Persona competente para la revisión periódica:

Persona conocedora de los requisitos existentes relativos a las revisiones periódicas, y de las recomendaciones e instrucciones emitidas por el fabricante, aplicables al componente, subsistema o sistema a revisar.

NOTA 1: Esta persona debería ser capaz de identificar y evaluar la importancia de los defectos, y debería ser responsable de iniciar la acción correctora a efectuar. Para ello, debería tener las competencias y los recursos necesarios para hacerlo.

NOTA 2: Puede que una persona competente necesite recibir una formación por parte del fabricante, o su representante autorizado, relativa a los EPI u otros equipos de protección específicos. Esto puede ser debido, por ejemplo, a su complejidad o ciertas innovaciones o cuando sea necesario tener buenos conocimientos relativos a la seguridad para el desmontaje, el montaje o la evaluación de los EPI u otros equipamientos. Puede que sea necesario actualizar esta formación debido a modificaciones y evoluciones.

NOTA 3: Una persona puede ser competente ya sea para efectuar exámenes periódicos de un modelo particular de EPI u otro equipo, o para examinar varios modelos».

Consideramos importante aclarar algunas nociones:

EN 365:09-2004: §3.3

«La persona competente para llevar a cabo la revisión periódica es una persona conocedora de los requisitos vigentes relativos a las recomendaciones e instrucciones emitidas por el fabricante, aplicables al componente, subsistema o sistema a revisar».

EN 365:09-2004: § 4.4.b y c

«El fabricante debe añadir una recomendación para indicar que la revisión periódica debe efectuarse al menos una vez cada doce meses.

Una advertencia debe destacar que las revisiones periódicas solo deben ser realizadas por una persona competente que respete estrictamente los modos operativos de las revisiones periódicas del fabricante».

EN 365:09-2004: § 4.7

«Los fabricantes deben proporcionar toda la información y los equipos necesarios, por ejemplo, instrucciones, listas de verificación, relación de piezas de recambio, herramientas especiales..., para que una persona competente pueda realizar las revisiones periódicas.

Los fabricantes pueden impartir formaciones para formar a algunas personas o actualizar sus competencias relativas a las revisiones periódicas de los EPI u otros equipos. También pueden poner a disposición organismos o personas autorizadas».

Como consecuencia de esta reglamentación, la persona competente es:

una persona formada, o una persona cuyos conocimientos y competencias han sido verificados por una persona competente.

En cualquier caso, se trata de una persona a la que se le ha entregado un certificado de formación nominativo después de esta verificación. El certificado de formación debe incluir el campo de las aptitudes para productos. El certificado de formación debe estar vigente.

De lo anterior se deduce que:

- cualquier persona formada por KRATOS SAFETTY para la comprobación visual de los EPI contra las caídas de altura, es una persona competente.

- cualquier persona formada por un representante autorizado de KRATOS SAFETTY para la comprobación visual de los EPI contra las caídas de altura, es una persona competente siempre que respete estrictamente los modos operativos de la revisión periódica de KRATOS SAFETTY.

- cualquier persona formada por un fabricante europeo (el conocimiento de la reglamentación EPI y de las normas europeas es fundamental) para la comprobación visual de los EPI contra las caídas de altura, es una persona competente siempre que respete estrictamente los modos operativos de la revisión periódica de KRATOS SAFETTY y pueda presentar un certificado de formación como el que se define anteriormente.