REGLAMENTACIÓN Y DIRECTIVAS EUROPEAS
En el marco de la reglamentación, se entiende por EPI (equipos de protección individual) «todo dispositivo o medio destinado a ser llevado o sujetado por una persona con el fin de protegerla contra uno o varios riesgos susceptibles de amenazar su salud y su seguridad en el trabajo, así como todo complemento o accesorio destinado a este objetivo».
La reglamentación europea 2016/425 determina principalmente:
- las responsabilidades de los operadores económicos en el ámbito de los EPI,
- los procedimientos de evaluación de la conformidad, a los cuales los EPI deben responder para poder disfrutar de la libre circulación dentro de la Unión Europea.
La categorización de los EPI:
EPI tipo I: Riesgos menores (destinados a proteger contra las lesiones superficiales). El fabricante realiza una autocertificación según el módulo A. Declara que el nuevo ejemplar del EPI cumple con los requisitos de la reglamentación. Su propia responsabilidad se ve comprometida. Por eso, el producto recibe el marcado CE.
EPI tipo II: Riesgos intermedios (destinados a proteger contra los riesgos mecánicos, térmicos, químicos) distintos de los de las categorías I y III. El fabricante presenta una solicitud de examen UE de tipo según el módulo B, acompañada del expediente técnico del EPI, por un laboratorio notificado europeo, que realiza una serie de pruebas y el estudio del expediente para determinar la adjudicación de un certificado de examen UE de tipo. Paralelamente, el fabricante cumple con un procedimiento de control de la producción según el módulo C.
EPI tipo III: Riesgos mortales (destinados a proteger contra los riesgos mortales o irreversibles para la salud). El fabricante puede elegir para el control de fabricación de su producto entre un control supervisado de los productos a intervalos aleatorios según el módulo C2, o el sistema de garantía de calidad del modo de producción según el módulo D. Anteriormente, realiza los mismos trámites para lacertificación del producto según el módulo B que para los EPI destinados a los tipos de riesgos intermedios (tipo II).
Todos los EPI destinados a la protección contra las caídas de altura pertenecen a la categoría III.
El marcado CE se aplica a las tres categorías.
Los productos así certificados llevan el marcado CE, seguido de la categoría III y del número del organismo notificado que ejerce el control de la calidad.
Para cada producto certificado, el fabricante suministra un manual informativo con sus datos, las instrucciones de almacenamiento, empleo, mantenimiento, una recomendación de la fecha de caducidad y el significado de los marcados.
Todas estas especificaciones se estipulan en las normas «armonizadas» EN enumeradas aquí.